Decreto 671-26 faculta al Fonper a asumir pagos bajo verificación y disponibilidad de fondos
El Estado dominicano, a través del Fonper, asumirá el pago de prestaciones laborales y liquidaciones de pensionados de la minera Falcondo, en Monseñor Nouel, según el decreto 671-26. La medida convierte al Estado en acreedor subrogado para recuperar los montos.
El Poder Ejecutivo emitió el decreto 671-26, mediante el cual se confiere un poder especial al titular del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) para ejecutar el pago de las prestaciones laborales y liquidaciones de pensionados de la minera Falcondo, ubicada en Monseñor Nouel.
Los desembolsos estarán supeditados a la verificación previa de cada caso y a la disponibilidad de fondos de la institución. La norma aclara que la emisión del decreto no crea una obligación directa de pago automático por parte del Estado o del Fonper fuera de los límites y condiciones establecidos.
Como contrapartida, el Estado pasará a ocupar la posición de acreedor subrogado de los trabajadores y pensionados beneficiados. Esta condición legal faculta al funcionario a suscribir los descargos correspondientes y a representar a la administración pública en los procesos judiciales de reestructuración o liquidación de la empresa minera para recuperar los montos invertidos.
La información fue difundida este 14 de septiembre de 2026. La medida representa un paso en la resolución de compromisos laborales pendientes con exempleados de la minera, mientras el Estado busca salvaguardar los recursos públicos mediante la subrogación de derechos.



