Gobierno acata sentencia del TC y elimina discriminación por edad en renovación de licencias
El presidente Luis Abinader emitió el decreto 675-26 que modifica el Reglamento de Licencias de Conducir, igualando a cuatro años la vigencia para todos los conductores, incluidos los mayores de 75 años. La medida responde a la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la renovación cada dos años para ese grupo etario.
El nuevo decreto 675-26, dictado a propósito de la sentencia TC/0904/26, deroga el Decreto 330-26 que establecía la renovación de licencias cada dos años para personas de 75 años en adelante. Con esta disposición, la vigencia de las licencias y autorizaciones para conducir será uniforme de cuatro años, venciendo el día del cumpleaños del titular, conforme al artículo 208 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La normativa establece que, en ningún caso, la edad por sí sola podrá ser utilizada como criterio único para limitar, reducir o denegar la vigencia de una licencia. La evaluación de aptitud para conducir se realizará mediante exámenes físicos, teóricos y prácticos aplicados sin discriminación, según las facultades del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).
El decreto también precisa que la suspensión o cancelación de una licencia solo procederá por causales legales: cuando el titular incumpla los requisitos exigidos o cuando un certificado médico acredite imposibilidad permanente física o mental para conducir, garantizando el debido proceso administrativo.
Mediante una nota, la Presidencia indicó que con esta decisión el Gobierno dominicano ratifica su compromiso con el respeto al Estado Social y Democrático de Derecho, la seguridad jurídica y la protección de los derechos fundamentales, en especial de los adultos mayores, promoviendo su integración a la vida activa y comunitaria sin exclusiones arbitrarias.



