
Conozca las leyes que protegen el espacio público y cómo exigir su cumplimiento
En numerosos barrios del Distrito Nacional, calles y aceras son ocupadas con conos, cadenas y vehículos, limitando el tránsito peatonal. La Ley 176-07 y la Ley 63-17 obligan al Ayuntamiento a garantizar el uso público de esos espacios.
La ocupación irregular de calles y aceras en el Distrito Nacional se ha convertido en una práctica común que afecta a peatones, personas envejecientes, ciudadanos con discapacidad y niños, quienes deben caminar entre vehículos en movimiento. Conos, cadenas, neumáticos, piedras y estacionamientos improvisados son parte del paisaje urbano, pese a las prohibiciones legales.
El Ayuntamiento del Distrito Nacional, encabezado por la alcaldesa Carolina Mejía, tiene competencias expresamente establecidas en la Ley 176-07 para ordenar el tránsito, gestionar el espacio público y conservar aceras y vías. La Ley 63-17, en su artículo 237, prohíbe estacionar sobre las aceras y, en su numeral 23, a menos de un metro de las entradas de garajes, con excepciones.
La institución informó que durante 2025 recuperó aproximadamente 35,000 metros lineales de espacios públicos y realizó intervenciones en Arroyo Hondo y otros sectores en 2026. Sin embargo, persisten dudas sobre la continuidad, distribución territorial y efectividad de estos operativos, así como sobre los mecanismos de vigilancia permanente y la respuesta a denuncias ciudadanas.
La alcaldesa Carolina Mejía debe rendir cuentas sobre las políticas implementadas, los recursos utilizados y los resultados obtenidos. También corresponde exigir actuaciones coordinadas al INTRANT. La pregunta central sigue siendo: ¿hasta cuándo deberán los ciudadanos soportar la ocupación irregular de espacios destinados al tránsito y la convivencia?



