Proyecto bicameral tipifica la violencia económica contra las mujeres con penas y multas
El proyecto de la Ley Mirabal, en estudio en una comisión bicameral del Congreso, contempla penas de cinco a 10 años de prisión para quienes incumplan la obligación alimentaria de sus hijos teniendo capacidad de pago y usen ese incumplimiento para someter a las mujeres. La iniciativa también sanciona la violencia económica y patrimonial con multas de 10 a 20 salarios mínimos.
La propuesta legislativa establece que el impago de la manutención constituye una forma de violencia económica contra las mujeres cuando se utiliza para condicionar su separación o castigarlas por haber terminado la relación. Además de la prisión, se prevén multas de 10 a 20 salarios mínimos para quienes incurran en estas conductas.
El texto también considera violencia económica retener, apropiarse o desviar sin derecho los salarios, ingresos o prestaciones de una mujer, así como impedirle mediante amenazas o intimidación acceder a recursos que le corresponden o desviar los beneficios de una actividad económica compartida para privarla de su parte.
Asimismo, se sanciona a quienes mediante amenazas, coacción o engaño obliguen o induzcan a una mujer a entregar sus ingresos, contraer deudas, firmar obligaciones o asumir gastos propios o de otras personas. El uso de cuentas bancarias, tarjetas, claves o datos personales sin consentimiento para disponer de sus recursos también se tipifica como violencia económica.
En materia de violencia patrimonial, el proyecto castiga con cinco a 10 años de prisión dañar, destruir, sustraer, retener u ocultar bienes de una mujer, incluidos documentos personales, herramientas de trabajo o estudio, o impedirle el uso de bienes sobre los que tenga derechos, incluida la vivienda que habita. Se aclara que las controversias sobre titularidad, administración o división de bienes compartidos no constituyen por sí solas estas infracciones.



