
Iniciativa define reglas para tarifas, sanciones y riesgos asumidos por empresas privadas
El Poder Ejecutivo depositó este jueves en el Senado un proyecto de ley que autorizaría contratos con empresas privadas de entre cinco y 40 años para construir, administrar, conservar u operar obras y bienes públicos. La propuesta establece un marco general con reglas de selección, supervisión, control de tarifas y responsabilidades.
La duración de cada contrato dependerá de la naturaleza del proyecto, el monto de la inversión, el tiempo razonable para recuperarla y el interés general, según la iniciativa depositada este jueves en el Senado.
El proyecto plantea que los riesgos del proyecto sean asumidos en su totalidad por la empresa privada contratada, de acuerdo con cada contrato, sin que el Estado garantice su rentabilidad. También regula el cobro por servicios: las tarifas deberán quedar definidas en las condiciones del proceso de selección, en el contrato o en la oferta económica de la empresa.
Cualquier ajuste de tarifas durante la vigencia requeriría justificación técnica y financiera, criterios objetivos, análisis de riesgos y aprobación del Consejo Nacional de Concesiones, luego de escuchar la opinión de la empresa contratada. Además, se exige a las empresas mantener registros financieros completos, actualizados y verificables, con contabilidad separada por proyecto.
La propuesta permite que personas y empresas nacionales o extranjeras presenten al Estado propuestas de proyectos de interés público que no requieran aportes del Gobierno; la institución correspondiente tendría hasta seis meses para evaluarlas. Aunque los contratos podrían durar hasta 40 años, se prohíben las cláusulas de renovación automática y las prórrogas solo procederían por causas objetivas, sin superar en conjunto el 50 % del plazo original. Las multas oscilarían entre cinco y 500 salarios mínimos del sector público, y en casos de fraude contra el Estado o beneficios indebidos podrían alcanzar hasta el doble del beneficio obtenido o del daño causado; entre las infracciones muy graves figuran sobornos, colusión, fraude documental y uso indebido de información privilegiada, con posibilidad de inhabilitar temporalmente a reincidentes.


