
Smaily Yamel Rodríguez acude a audiencia pública tras ser conducida por el tribunal
La fiscal titular de Duarte, Smaily Yamel Rodríguez, compareció este viernes ante el Tribunal Constitucional en una audiencia pública para conocer un recurso de revisión de amparo vinculado a una decisión que favoreció a un condenado por robo agravado. El caso, expediente TC-05-2023-0240, se originó por la negativa de la Fiscalía a autorizar una garantía económica de 25,000 pesos.
El Pleno del Tribunal Constitucional, presidido por Napoleón R. Estévez, escuchó las intervenciones de la fiscal Rodríguez y del abogado defensor durante la audiencia pública celebrada este viernes. En una audiencia anterior, el tribunal había ordenado la conducencia de la representante del Ministerio Público debido a que no compareció pese a estar debidamente citada, lo que impidió conocer el proceso en esa ocasión.
El expediente TC-05-2023-0240 está vinculado con la sentencia núm. 136-2023-SSEN-00035, dictada el 3 de abril de 2023 por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte. Según la nota de prensa del alto tribunal, el caso se originó cuando la Procuraduría Fiscal de Duarte se negó a emitir una autorización para que Jeison López, condenado a diez años de prisión por robo agravado, pudiera pagar una garantía económica de 25,000 pesos.
Ante la negativa de la Fiscalía, la defensa interpuso una acción de amparo alegando vulneraciones a los derechos a la igualdad, tutela judicial efectiva y debido proceso. El 3 de abril de 2023, el tribunal acogió el amparo y ordenó autorizar el pago de la garantía, además de imponer una multa coercitiva de 20,000 pesos diarios por incumplimiento.
Posteriormente, el Ministerio Público recurrió la sentencia ante el Tribunal Constitucional argumentando que ya existía una condena de diez años de prisión contra López que mantenía la medida de coerción. La Fiscalía solicitó anular la sentencia de amparo y suspender la multa coercitiva hasta que se decidiera el recurso. El artículo 101 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional, establece que el tribunal podrá convocar audiencias públicas en materia de amparo cuando lo considere necesario para una mejor sustanciación del caso.



