
El Ministerio de la Mujer explicó el funcionamiento de las casas de acogida para víctimas de violencia de género, detallando los protocolos cuando una mujer decide no ingresar o abandonar estos espacios. La institución subrayó que las decisiones de las víctimas deben abordarse desde la comprensión, no desde la culpabilización.
Estos refugios, amparados en la Ley 88-03, están dirigidos a mujeres en alto riesgo de violencia, violencia grave o peligro de feminicidio, así como a sus hijos dependientes. El ingreso requiere consentimiento expreso tras una evaluación especializada del nivel de riesgo.
Además de los casos identificados por el Ministerio, el acceso puede activarse mediante referimientos de la Procuraduría, el Sistema 9-1-1, la Policía Nacional o centros de salud, buscando una respuesta articulada del Estado para preservar vidas mientras se activan medidas judiciales contra el agresor.



