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Confirman condena contra youtuber por difamar al exdirector de la Policía Rafael Guzmán Fermín

Confirman condena contra youtuber por difamar al exdirector de la Policía Rafael Guzmán Fermín
Confirman condena contra youtuber por difamar al exdirector de la Policía Rafael Guzmán Fermín

Deberá pagar 2 millones de pesos, en su mayoría a Hogar Crea y Casa Abierta

La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación ratificó la sentencia que declara culpable a Rafael Guerrero Méndez, conductor de Corrupción al Desnudo, por difamación e injuria contra Rafael Guillermo Guzmán Fermín. El fallo impone tres meses de prisión suspendida y una indemnización de 2 millones de pesos.

La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la sentencia del 2024 que condenó a Rafael Guerrero Méndez, conductor del programa Corrupción al Desnudo, por difamación e injuria en perjuicio del exdirector de la Policía Nacional Rafael Guillermo Guzmán Fermín.

La pena impuesta es de tres meses de prisión en la cárcel Najayo Hombres, pero suspendida, y una indemnización de 2 millones de pesos. De ese monto, el 75 por ciento se destinará a Hogar Crea y Casa Abierta, mientras que el porcentaje restante será para Guzmán Fermín como víctima constituida en querellante.

La condena original fue emitida por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, pero luego revocada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional tras la apelación del creador de contenido en YouTube. El exdirector policial recurrió en casación y en septiembre de 2025 la Suprema Corte de Justicia ordenó enviar el proceso a una sala distinta, resultando apoderada la Segunda Sala, cuyos jueces Ysis Muñiz Almonte, Luis Jiménez Rosa y Teófilo Andújar Sánchez rechazaron la apelación.

Además, en mayo de este 2026, la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional halló culpable a Guerrero Méndez por la misma acusación de violación a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos Electrónicos, que sanciona la difamación e injuria a través de medios digitales, esta vez en perjuicio del expresidente de la DNCD, Rolando Rosado Mateo.


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