La batalla legal contra la normativa que regula los sondeos electorales arrancó con dos recursos simultáneos ante el Tribunal Superior Electoral. La entidad Justicia Sin Fronteras interpuso una medida cautelar para suspender de inmediato la aplicación de la disposición y un recurso contencioso de nulidad que ataca el fondo del reglamento. Ambas acciones se dirigen contra la Resolución 14-2026 de la Junta Central Electoral, que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de sondeos.
La representación legal, a cargo del abogado Harrison Féliz, invoca los principios de periculum in mora —riesgo de daño mientras se resuelve el litigio— y fumus boni iuris, apariencia de buen derecho. La organización sostiene que mantener vigente el reglamento durante el proceso judicial causaría perjuicios irreparables al debate democrático y al derecho ciudadano a recibir información política.
Autocensura y extralimitación normativa
Según el planteamiento, la normativa provoca un "efecto inhibitorio" que empuja a medios de comunicación, analistas y firmas encuestadoras hacia la autocensura, ante la amenaza de sanciones administrativas, suspensión temporal y cancelación del registro. El recurso argumenta que la administración electoral solo puede desarrollar la ley, no ampliarla ni sustituirla mediante reglamentos.
La propia legislación ya contempla restricciones para la difusión de encuestas en los ocho días previos a las votaciones, por lo que la JCE carecería de competencia para extenderlas a etapas preelectorales completas. La instancia denuncia violaciones al principio de legalidad y a la jerarquía normativa, y pide al TSE declarar nulo el artículo impugnado, reconociendo que las encuestas son parte legítima del pluralismo democrático protegido por la Constitución y los tratados internacionales.



