Plazo extraordinario busca regularizar negocios fuera del plan, pero no fija fecha límite ni consecuencias
La Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) otorgó un plazo extraordinario de 30 días para que los propietarios de bancas de lotería, bancas deportivas y otros establecimientos de juegos de azar que quedaron fuera del Plan Nacional de Regularización declaren voluntariamente sus negocios. La medida, comunicada el 23 de octubre, deja dudas sobre la fecha exacta de vencimiento y las implicaciones legales.
La DGJA concedió el plazo extraordinario de 30 días mediante un comunicado distribuido el 23 de octubre, dirigido a los operadores que no se acogieron al Plan Nacional de Regularización. Sin embargo, el documento no especifica la fecha exacta en que vence el plazo ni detalla las consecuencias legales de no presentar la declaración.
La omisión cobra relevancia ante las disposiciones de la Ley 86-26. Su artículo 162 establece penas de uno a dos años de prisión y multas de tres a seis salarios mínimos del sector público para quienes operen juegos de azar sin la licencia correspondiente.
Por su parte, el artículo 190 de la Ley 86-26 fija un período de 12 meses para la incorporación al Sistema Único de Registro de establecimientos que ya operaban legalmente y de determinadas bancas acogidas al plan de regularización.
En este contexto, la DGJA insta a los operadores potencialmente irregulares a identificarse ante el Estado, pero su comunicación no aclara las condiciones aplicables a quienes se presenten voluntariamente ni precisa qué medidas podrían adoptarse contra quienes no respondan al llamado. La falta de estas precisiones deja interrogantes entre los operadores sobre el alcance del plazo extraordinario y sus implicaciones legales.



