
El problema ya no se limita a la frontera. Sus consecuencias llegan hasta cada barrio donde un supermercado independiente lucha diariamente por mantenerse abierto, conservar empleos y competir dentro de la legalidad.
Las denuncias sobre mercancías declaradas en tránsito internacional hacia Haití que presuntamente no completan el cruce y terminan comercializándose en República Dominicana describen una posible distorsión de grandes proporciones. De comprobarse, se estaría castigando al comerciante que paga impuestos y cumple los controles, mientras otros productos obtienen una ventaja indebida aprovechando las debilidades de fiscalización. No es solamente un asunto técnico de Aduanas: es un problema de recaudación, competencia, seguridad sanitaria y supervivencia del comercio formal.
El presunto esquema que distorsiona el mercado
Según investigaciones periodísticas y denuncias empresariales, determinadas mercancías extranjeras entrarían por puertos dominicanos bajo el régimen de tránsito internacional con destino a Haití. Posteriormente llegarían a Dajabón, serían descargadas cerca del mercado fronterizo y, en algunos casos, trasladadas nuevamente hacia diferentes puntos del territorio dominicano. De confirmarse ese recorrido, productos que debieron salir del país estarían compitiendo en el mercado nacional sin haber asumido necesariamente los mismos aranceles, impuestos y costos regulatorios que soportan los importadores formales.
El reportaje de VotarD Media titulado “Más de US$1,000 millones desviados: cómo opera la red fronteriza” presenta fotografías, recibos y señalamientos relacionados con productos presuntamente encontrados en establecimientos comerciales, incluidas sucursales atribuidas a La Sirena y Supermercados Olé. Esas imágenes constituyen material periodístico que debe ser investigado y verificado por las autoridades. No determinan por sí solas responsabilidad administrativa o penal de las empresas mencionadas. La cifra superior a US$1,000 millones tampoco ha sido confirmada mediante un informe oficial consolidado. [1] Pero la ausencia de una cifra definitiva no reduce la gravedad de la denuncia: al contrario, demuestra la necesidad de una auditoría capaz de establecer la magnitud real del problema.
Lo que dispone la Ley 168-21
La Ley General de Aduanas núm. 168-21, promulgada el 9 de agosto de 2021, sustituyó la Ley 3489 de 1953. En materia de tránsito, el artículo 290 define el régimen como el paso de mercancías extranjeras por el territorio dominicano cuando forma parte de un trayecto que comienza y termina en el extranjero. El párrafo I no cobra derechos de importación, y el párrafo II concede hasta un año más 15 días para el reembarque. El artículo 291 permite nacionalizar la carga si el interesado lo solicita y cumple los requisitos; el artículo 294 obliga a verificar unidades de transporte, precintos, rutas y formalidades. [2]
En resumen: una mercancía declarada en tránsito hacia Haití debe salir efectivamente del país. Si permanece en República Dominicana, debe regularizarse, tributar y cumplir todos los controles. Todo lo demás es, en términos jurídicos, un tránsito que no se perfecciona.
Dajabón: el comercio operando a dos velocidades
Una investigación de Diario Libre publicada el 21 de agosto recogió testimonios desde la propia frontera. Los denunciantes aseguran que determinadas mercancías llegan a Dajabón y posteriormente son transportadas hacia distintos puntos del país sin agotar los controles correspondientes. Al mismo tiempo, exportadores que afirman cumplir todas las formalidades denuncian burocracia, retrasos y costos adicionales. [5]
Esa doble velocidad representa una de las formas más perjudiciales de competencia desleal: el sistema hace lento y costoso el camino formal, mientras una carga bajo sospecha presuntamente puede desplazarse con menos obstáculos. Los denunciantes, entre ellos comerciantes haitianos, pidieron una investigación para determinar el destino real de las mercancías. Diario Libre advierte que esas afirmaciones deben ser comprobadas por las autoridades.
El daño lo paga el supermercado independiente
El supermercado independiente compra a suplidores formales cuyos precios ya incorporan aranceles, impuestos, transporte, almacenamiento y cumplimiento regulatorio. También paga alquiler, energía, nómina, seguridad social, financiamiento y obligaciones fiscales. Cada producto en sus anaqueles soporta una estructura legal de costos. Frente a una mercancía que presuntamente evitó una parte de esas obligaciones, el cumplimiento se convierte injustamente en una desventaja.
El resultado es una competencia imposible de sostener: reducción crítica de márgenes, pérdida de clientes, atrasos con suplidores, recortes de personal y riesgo de cierre. Cada comercio afectado representa empleos amenazados, menor circulación de dinero en la comunidad y una oferta comercial cada vez más concentrada. El comerciante formal termina pagando, con la reducción de sus beneficios y el deterioro de su negocio, el costo de una brecha que no creó.
Riesgos para el consumidor
La preocupación no se limita a los impuestos. También existen denuncias sobre productos sin registro sanitario, con etiquetado irregular o cuya trazabilidad no puede establecerse. Un artículo importado debe permitir verificar su origen, suplidor, lote, fecha de vencimiento, condiciones de almacenamiento y permisos sanitarios. Cuando circula fuera del procedimiento formal, el consumidor puede desconocer cómo ingresó, dónde fue almacenado y quién responde por su calidad. Salud Pública y Pro Consumidor deben inspeccionar los productos señalados, sin prejuzgar a los establecimientos.
La reacción de Aduanas es necesaria, pero insuficiente
El director general de Aduanas, Nelson Arroyo, anunció el 20 de agosto medidas para que las patanas con mercancías en tránsito salgan antes del mediodía y para que los agentes verifiquen su cruce efectivo. Aclaró que se trata de aplicar la Ley 168-21, no de una resolución nueva, y reconoció quejas empresariales y sospechas de que parte de la carga podría permanecer en República Dominicana. [4] Circe Almánzar ha respaldado el reforzamiento de los controles. [3]
La medida es correcta, pero controlar el próximo camión no explica lo ocurrido con los anteriores.
El país necesita una auditoría retrospectiva
Si existen evidencias de mercancías desviadas al mercado interno, corresponde reconstruir su recorrido completo:
- Manifiesto y declaración aduanera.
- Consignatario y propietario de la carga.
- Puerto y fecha de entrada.
- Transportista y vehículo utilizado.
- Precintos y registros de geolocalización.
- Ruta autorizada y recorrido realizado.
- Almacenes y lugares de descarga.
- Constancia del cruce y recepción en Haití.
- Facturación y pago de impuestos.
- Suplidores y compradores posteriores.
- Registros sanitarios y etiquetado.
- Destino comercial final.
Aduanas debe publicar datos verificables sobre las operaciones de tránsito y los cruces efectivos; la Dirección General de Impuestos Internos debe rastrear la facturación y el pago de tributos; Salud Pública y Pro Consumidor deben revisar registros, lotes, etiquetas y trazabilidad. El Ministerio Público deberá investigar cualquier indicio que, luego de ser comprobado, pudiera relacionarse con defraudación aduanera, contrabando o falsedad documental. Las cadenas comerciales mencionadas tienen derecho a defenderse, pero también deben estar en condiciones de demostrar documentalmente quién les suministró los productos, cómo fueron importados, qué impuestos se pagaron y qué registros sanitarios poseen. La transparencia protege al consumidor y a las empresas que puedan demostrar que actuaron correctamente.
Defender a quien cumple
República Dominicana necesita facilitar el comercio con Haití, pero facilitar no significa renunciar al control. La difícil situación de seguridad del vecino país no puede utilizarse para cambiar informalmente la naturaleza de un régimen establecido por ley. Los supermercados independientes no piden privilegios: piden competir bajo las mismas reglas.
Si una mercancía fue declarada para Haití, debe llegar a Haití. Si permanecerá en República Dominicana, debe ser sometida a la destinación aduanera correspondiente, nacionalizada cuando proceda, tributar y cumplir todos los controles. La frontera no puede convertirse en una zona de sombra donde la legalidad desaparezca entre un manifiesto y un almacén. El país necesita saber qué entró, qué cruzó, qué se quedó y quién se benefició.
Si la mercancía no salió del territorio dominicano, el tránsito internacional no quedó completado en los términos del artículo 290. Y si terminó en el mercado nacional sin haber sido regularizada, las autoridades tienen la obligación de investigar y establecer las responsabilidades correspondientes.
Cuando la ley se aplica únicamente al comerciante formal, la competencia deja de ser libre y se convierte en una injusticia institucional.
Fuentes consultadas
- VotarD Media. “Más de US$1,000 millones desviados: Cómo opera la red fronteriza”. YouTube, agosto de 2026.
- Dirección General de Aduanas. Ley General de Aduanas núm. 168-21, artículos 290, 291 y 294.
- Almánzar Melgen, Circe. “El tránsito hacia Haití tiene que cruzar la frontera”. RC Noticias, 11 de agosto de 2026.
- Figueroa, Roger. “Aduanas refuerza control sobre patanas que llevan mercancías a Haití”. Diario Libre, 20 de agosto de 2026.
- Genao, Javier. “Denuncian en Dajabón que cargas destinadas a Haití terminan vendiéndose en RD”. Diario Libre, 21 de agosto de 2026.
Nota editorial: Las menciones de empresas, montos y rutas comerciales se atribuyen a las fuentes indicadas. La calificación jurídica y las responsabilidades solo pueden establecerse mediante investigación formal y respetando el debido proceso.



