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La verdadera injerencia: el caso Gonzalo Castillo

La verdadera injerencia: el caso Gonzalo Castillo

Una nación seria distingue entre la imputación que se denuncia y la culpa que se demuestra.

La verdadera injerencia: el caso Gonzalo Castillo

Estados Unidos, esta vez, hizo esa distinción.

Existe una vieja confusión, tan antigua como la propia diplomacia, entre el castigo que un gobierno retiene y el castigo que un tribunal impone.

No son lo mismo, y la república que olvida esa diferencia pronto se descubre gobernada no por la ley, sino por la sospecha.

La reciente secuencia en el caso de Gonzalo Castillo —una visa estadounidense restituida, el descargo de un tribunal dominicano, la visita de una embajadora— ha sido leída por muchos como un solo gesto de favoritismo.

Leída correctamente, en el orden en que los hechos en verdad ocurrieron, es algo mejor: la demostración de cómo una potencia seria distingue entre una acusación y una condena, y se niega a permitir que la primera se disfrace de la segunda.

Empecemos por la cronología, porque de ella depende todo.

El 26 de mayo, Estados Unidos restituyó la visa de diez años de Castillo.

Tres días después, el 29 de mayo, la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dictó un auto de no ha lugar: la conclusión de que las pruebas del Ministerio Público no justificaban su envío a juicio.

La visa vino primero.

El fallo, después.

Quienes describen a Washington como si hubiera “premiado” el veredicto de un tribunal tienen la historia al revés, y la inversión importa, porque convierte un acto de principio en la apariencia de un favor.

Lo que en verdad resolvió el caso Los hechos de la Operación Calamar merecen precisión, no consignas.

El escándalo, abierto en 2023 por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), denunció una trama de expropiaciones irregulares de terrenos durante la gestión de Danilo Medina, con sobrevaloraciones levantadas sobre tasaciones infladas y procedimientos falsificados: un fraude al Estado estimado en más de diecinueve mil millones de pesos.

Tras tres años de investigación, la jueza Ramírez no absolvió a todos.

Envió a juicio a treinta y cinco de los cuarenta acusados, incluido Donald Guerrero, a quien la Procuraduría señala como el eje operativo de la estructura.

Descargó a cinco —entre ellos Castillo, el exministro Administrativo de la Presidencia José Ramón Peralta y Daniel Guerrero Mena— por falta de pruebas suficientes para proceder.

El Ministerio Público, encabezado por el procurador adjunto Wilson Camacho, apeló esos cinco descargos, alegando que el tribunal erró al apreciar las pruebas.

Este no es el retrato de un poder judicial capturado ni de uno persecutor.

Es el retrato de un tribunal que hace el trabajo ingrato de separar lo probable de lo apenas alegado: enviando a la mayoría a juicio, reteniendo a unos pocos e invitando a la revisión en apelación de la línea que trazó.

Una nación debería querer exactamente esto.

La presunción de inocencia no es una cortesía que se extiende a los simpáticos; es un escudo sostenido sobre todos —incluidos los poderosos y los impopulares— precisamente porque llegará el día en que el Estado sienta la tentación de condenar por reputación.

Por qué una visa es un instrumento distinto Aquí es donde la decisión estadounidense debe entenderse en sus propios términos.

Una visa no es un veredicto.

Es el juicio soberano de una nación sobre a quién admite en su territorio: un instrumento de política exterior, no una sentencia dictada por un tribunal.

Cuando Estados Unidos suspendió la visa de Castillo tras su imputación, actuó por prudencia: cuando el organismo anticorrupción de una nación socia formula cargos creíbles, la cautela es razonable.

Pero la prudencia no es lo mismo que la permanencia.

Convertir una suspensión cautelar en una cadena perpetua —mantener a un hombre vetado indefinidamente sobre la base de una acusación que ningún tribunal ha sostenido aún— es dejar que una imputación haga el trabajo de una condena.

Esa es, precisamente, la inversión que una nación consagrada al debido proceso debe rechazar.

Así que Washington tomó una decisión coherente con sus principios declarados, en lugar de traicionarlos.

Se negó a tratar un cargo no probado como culpa establecida.

Restituyó un documento que había retenido por cautela, una vez que la cautela había agotado su sentido y el asunto se encaminaba a su resolución judicial.

Qué información, qué cálculo o qué lectura del proceso lo movieron a actuar en ese preciso momento es algo que, desde afuera, solo podemos conjeturar.

Pero cuando el tribunal falló tres días después —de manera independiente, según su propio razonamiento probatorio—, la decisión de actuar conforme a la presunción de inocencia, y no contra ella, no resultó temeraria, sino atinada.

Tampoco fue necesariamente la oportunidad un salto al vacío, aunque sobre esto solo cabe especular.

El expediente de Calamar era, para entonces, materia de dominio público: una acusación de miles de páginas, litigada en audiencias abiertas durante tres años, con el caso en estado de fallo desde finales de marzo.

Un gobierno con los recursos analíticos de Estados Unidos —oficiales jurídicos de su embajada, acceso a los mismos documentos que cualquier abogado dominicano podía leer y décadas de familiaridad institucional con la forma en que la PEPCA construye sus casos y en que fallan los juzgados de instrucción dominicanos— estaba bien situado para evaluar hacia dónde apuntaba el peso de esa evidencia en el asunto de Castillo, y acaso para anticipar la forma probable del fallo.

No sabemos —ni podemos saberlo desde afuera— qué información o qué lectura del expediente pudo haber pesado en la decisión de restituir el visado; eso pertenece al terreno de la conjetura.

Pero la conjetura más sobria no es la del favor, sino la de la diligencia: actuar a partir de una lectura ponderada de un expediente público no es interferir con un tribunal; es hacer lo que hace cualquier cancillería seria antes de tomar una decisión consular.

Si esa fue la lógica, Washington no necesitaba influir en el resultado: le bastaba con leer los mismos documentos que leía la jueza y extraer la inferencia prudente.

El hallazgo del tribunal, tres días después, no habría sorprendido a quienes hubieran estudiado el expediente; los habría confirmado.

La propia embajada trazó la línea con cuidado.

El mismo día del fallo, la embajadora Leah Campos reafirmó que Estados Unidos no comenta casos individuales de visas, que mantiene un firme compromiso con el Estado de derecho y que rechaza cualquier intento de manipular los procesos judiciales con fines políticos.

Ese no es el lenguaje de quien pone el dedo en la balanza.

Es el lenguaje de un gobierno que insiste en que sus decisiones consulares y los fallos de un tribunal soberano son dos cosas distintas: exactamente la distinción que sus críticos han borrado.

La acusación de injerencia, invertida La acusación, por supuesto, es que todo esto equivale a entrometerse en la carrera de 2028 —que, al restituir la visa y enviar a la embajadora a un encuentro de alto perfil, Washington ungió a un candidato—.

Pero considérese la alternativa que los críticos exigen implícitamente.

Si Estados Unidos hubiera mantenido la suspensión durante lo que podrían ser años de apelaciones, habría impuesto una inhabilitación política de hecho a un hombre que sus propios tribunales se negaron a procesar.

Eso sí sería injerencia: la mano extranjera manteniendo a una figura dominicana fuera de la vida política de su país mucho después de que la justicia dominicana hubiera hablado.

Respetar la presunción de inocencia no es interferir en una elección.

Anularla, indefinidamente, desde el extranjero, sí lo sería.

Esta es la coherencia que la actual administración estadounidense ha reclamado para sí en su rechazo más amplio a la instrumentalización de las instituciones legales.

Y conviene recordar de dónde nace esa sensibilidad, porque no es abstracta ni reciente.

La vivió en carne propia.

Durante años, el actual presidente de Estados Unidos fue blanco de una ofensiva judicial sin precedentes en la historia política norteamericana: allanamientos espectaculares —agentes federales registrando la residencia de un expresidente y aspirante—, imputaciones que se multiplicaban en jurisdicciones distintas, fiscales que parecían competir por quién lo llevaría primero ante un jurado, procesos que se arrastraban entre titulares antes que entre pruebas.

A ese despliegue lo acompañó un frenesí mediático que pronunció el veredicto mucho antes que cualquier tribunal, y que confundió la acusación con la culpa hasta volverlas indistinguibles para el gran público.

Millones de estadounidenses contemplaron aquello con asco y lo rechazaron como lo que era: la conversión del derecho en arma de la contienda política, la persecución vestida de proceso.

Quien ha padecido esa táctica desarrolla un oído fino para reconocerla cuando reaparece en otras latitudes.

No hay que forzar la imaginación para suponer que esa misma sensibilidad informó la mirada de Washington sobre el frenesí que envolvió el caso Castillo en la República Dominicana, donde la sola invocación de que ciertas acusaciones contaban con el respaldo de investigaciones estadounidenses se esgrimió, en el clima público, como si por sí sola equivaliera a una prueba.

Pudo haberlo sido para la mayoría de los acusados, aquellos a quienes la jueza envió a juicio.

No necesariamente para Castillo y los demás a quienes descargó por insuficiencia de evidencia.

Una administración escarmentada por la confusión deliberada entre el señalamiento y la condena no estaba dispuesta a repetirla, esta vez como cómplice involuntaria, contra un ciudadano de un país amigo.

No hace falta declarar culpable a la PEPCA de abuso alguno para sostener esta posición; los fiscales presentaron su caso de buena fe, el tribunal lo halló insuficiente en esta etapa, y ambas instituciones merecen respeto en sus papeles propios.

El punto es más estrecho y más firme: un gobierno no debe prestar la permanencia del castigo a un cargo que los tribunales no han probado.

Y hay una inferencia que se impone por su propio peso: si Estados Unidos hubiera tenido en sus manos evidencia de que Castillo merecía sentarse en el banquillo junto a los demás, difícilmente habría restituido su visado.

Que lo haya hecho dice, en el lenguaje sobrio de los hechos, más que cualquier comunicado.

La pregunta que pertenece a los dominicanos Nada de esto zanja el asunto del propio Castillo, y no le corresponde a Washington zanjarlo.

Él carga con la sombra de acusaciones anteriores y con el legítimo escrutinio que invita el patrimonio acumulado por cualquier funcionario.

Si una figura que pasó por Calamar —y cuyo descargo el Ministerio Público ahora apela— merece la presidencia es una pregunta para los electores dominicanos, sopesada en las urnas, no para una embajada.

Si el sistema de justicia dominicano puede disuadir la corrupción de las élites sin deslizarse hacia la persecución selectiva es una pregunta para las instituciones dominicanas, respondida con el tiempo, no para una capital extranjera.

El papel estadounidense en todo esto es el modesto y honorable: respaldar a los tribunales independientes con el ejemplo y la asistencia, distinguir escrupulosamente entre sus propios instrumentos soberanos y los veredictos de otra nación, y resistir la tentación —común a las grandes potencias— de confundir sus preferencias con principios.

A la luz de la secuencia real de los hechos, ese es el papel que jugó Washington.

Actuó conforme a la presunción de inocencia antes de que el tribunal fallara, y el fallo independiente del tribunal reivindicó el acto.

La democracia dominicana será más fuerte por decidir ella misma el futuro de Castillo.

Y Estados Unidos será mejor socio por haberse negado, en esta ocasión, a decidirlo por ella.

Ronald L.

Glass es oficial retirado del Servicio Exterior de los Estados Unidos.

Las opiniones expresadas en este artículo son exclusivamente suyas y no representan las de ninguna institución ni del Gobierno de los Estados Unidos.

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