
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El Poder Ejecutivo aprobó este miércoles un nuevo reglamento para la supervisión y regulación del béisbol profesional y recreativo en República Dominicana, que incluye disposiciones para academias, ligas, jugadores, prospectos, entrenadores, representantes, árbitros y scouts.
La medida está contenida en el Decreto 601-26, de fecha 26 de agosto de 2026, mediante el cual se establece el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en el país.
La normativa tiene como objetivo ordenar la práctica de este deporte, proteger los derechos de sus participantes y establecer mecanismos de supervisión para las organizaciones y personas vinculadas al béisbol.
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, dependencia funcionalmente desconcentrada del Ministerio de Deportes y Recreación, será la autoridad responsable de aplicar las disposiciones.
Crean registro nacional para actores del béisbol
Entre las principales medidas figura la creación del Registro Nacional del Sistema de Béisbol, en el que deberán inscribirse ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros, scouts y otros participantes del sector.
El registro tendrá como finalidad identificar, certificar, verificar y dar seguimiento a los distintos actores vinculados a la actividad, quienes deberán mantener actualizadas sus informaciones.
La normativa también establece principios de legalidad, integridad deportiva, transparencia, igualdad de oportunidades, seguridad, protección de los atletas y prevención de conflictos de interés.
Asimismo, la Dirección del Comisionado estará organizada mediante una Dirección Ejecutiva y dos áreas sustantivas: la Dirección Técnica y la Dirección de Regulación del Béisbol.
Regulación del béisbol profesional
En el ámbito profesional, el reglamento contempla la supervisión de ligas y organizaciones, el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos.
También establece condiciones mínimas para garantizar protección contractual, transparencia y consentimiento informado de los jugadores.
La normativa incorpora, además, disposiciones dirigidas a prevenir la manipulación de competiciones, conflictos de interés y dopaje, así como reglas para las actuaciones de agencias, representantes, intermediarios y scouts.
El decreto contempla igualmente la creación de un consejo consultivo honorífico que tendrá funciones de asesoría.
Academias deberán cumplir requisitos
Uno de los puntos de mayor alcance del reglamento corresponde a las academias de béisbol y los programas destinados al desarrollo de prospectos.
Las academias deberán estar registradas y cumplir requisitos relacionados con seguridad, salubridad, higiene y mantenimiento de sus instalaciones.
Aquellas que proporcionen alojamiento, alimentación o transporte tendrán que garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad, nutrición, supervisión y trato digno a los atletas.
También se establecen requisitos sobre la idoneidad del personal, programas de entrenamiento, atención médica y protección de los derechos de los jugadores.
Protección especial para menores
El reglamento establece medidas reforzadas para proteger a los menores de edad que participan en academias, ligas y programas de desarrollo.
Para determinadas actividades será necesaria la autorización de padres, madres, tutores o responsables legales.
Asimismo, las organizaciones deberán adoptar medidas para prevenir situaciones de abuso, explotación, acoso, discriminación, negligencia, sobreentrenamiento y abandono escolar.
La disposición establece que la participación en actividades deportivas no deberá perjudicar la educación, salud, descanso ni el desarrollo integral de los menores.
De igual manera, el reclutamiento y evaluación de prospectos tendrá que realizarse bajo criterios de transparencia, evitando prácticas engañosas o abusivas.
Supervisión e inspecciones
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol estará facultada para realizar inspecciones, recibir denuncias y quejas, ordenar medidas correctivas y adoptar acciones administrativas preventivas cuando exista un riesgo grave o inminente para la salud, seguridad o derechos de los participantes.
En el béisbol recreativo, la normativa establece mecanismos para supervisar ligas y organizaciones, registrar y categorizar jugadores y equipos, organizar eventos, certificar entrenadores y capacitar árbitros.
Los equipos también deberán contar con una póliza de responsabilidad civil y cumplir las condiciones de seguridad establecidas para las instalaciones deportivas.
El reglamento contempla además la coordinación con la Federación Dominicana de Béisbol y otras instituciones, así como la elaboración de estadísticas e informes sobre el sector.
La disposición entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial y mantiene la validez de los registros y certificaciones emitidos anteriormente conforme a las normas vigentes.


