Política

Alcaldías con menos poder: ¿qué implica para los servicios en los municipios?

Alcaldías con menos poder: ¿qué implica para los servicios en los municipios?
Alcaldías con menos poder: ¿qué implica para los servicios en los municipios?

Experto alerta sobre debilitamiento de autonomía local y su efecto en servicios básicos

Las alcaldías dominicanas enfrentan una paradoja: tienen responsabilidades legales pero recursos limitados, mientras el Gobierno central asume cada vez más funciones municipales, según el municipalista Víctor Féliz.

La Constitución dominicana reconoce a los municipios como base del sistema político-administrativo local y les otorga autonomía presupuestaria y potestades normativas, administrativas y de uso de suelo. Sin embargo, en la práctica, las alcaldías tienen numerosas responsabilidades establecidas por ley, pero recursos limitados para cumplirlas, mientras instituciones del Gobierno central intervienen cada vez más en asuntos dentro de los territorios municipales.

El fenómeno se expresa en calles, aceras, espacios públicos, tránsito, ordenamiento urbano, alumbrado, residuos sólidos, áreas verdes y grandes obras de infraestructura. Para el municipalista Víctor Féliz, esto forma parte de un proceso de debilitamiento de la autonomía local acumulado durante las últimas dos décadas. 'En los últimos 20 o 25 años ha venido un proceso involutivo de la autonomía local', sostiene Féliz, quien tiene más de 15 años de experiencia en gestión local y desarrollo territorial.

A su juicio, la falta de recursos, la debilidad institucional, decisiones legislativas y el incumplimiento de determinadas responsabilidades por parte de las propias alcaldías han reducido el espacio de acción de los gobiernos locales. La Ley 176-07 asigna a las alcaldías competencias que van mucho más allá de recoger basura, incluyendo ordenamiento del tránsito, gestión del espacio público, ordenamiento territorial, planeamiento urbano, áreas verdes, salubridad ambiental, construcción y pavimentación de vías urbanas, aceras y contenes, mercados, cementerios, alumbrado público, limpieza vial y ornato, entre otras.

Por tanto, cuando una acera está destruida, una calle permanece sin pavimentar, un parque carece de mantenimiento o un espacio público es ocupado, existe una responsabilidad municipal establecida legalmente. En el Gran Santo Domingo, el Poder Ejecutivo, principalmente a través del Ministerio de Obras Públicas, construye, amplía o mantiene calles, elevados, túneles, pasos a desnivel, puentes y otras infraestructuras que impactan directamente la movilidad urbana. El problema aparece cuando esa intervención se convierte en la vía habitual para resolver necesidades eminentemente locales, mientras las alcaldías quedan relegadas a recibir las obras terminadas, aunque la Ley 176-07 también les asigna la construcción de infraestructuras y equipamientos urbanos, la pavimentación de vías públicas urbanas y la construcción y conservación de aceras, contenes y caminos vecinales.


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