
Mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) se prepara para decidir el próximo 25 de agosto si 33 partidos y movimientos minoritarios deben conservar o perder su personería jurídica, estas organizaciones continúan accediendo al.
Solo este año se reparten , equivalentes a para cada una.
La subsistencia de los partidos y movimientos pequeños comienza en las urnas, muchas veces con , pero se prolonga mediante , interpretaciones administrativas y.
El destina al de todas las organizaciones políticas reconocidas.
El de la de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establece distintas causas para la.
Entre ellas figura no alcanzar el umbral de votación previsto por la legislación.
La ley también contemplaba la congresual o municipal como causa para legal.
Ese esquema de la ley sufrió una modificación importante a partir de una del en.
La alta corte consideró "irrazonable" que perdiera automáticamente su personería una organización que, pese a quedar por debajo del porcentaje requerido de votos válidos, hubiese conseguido representación directa en un ayuntamiento o en el Congreso Nacional.
Esa decisión del TC protegió, por tanto, la representación obtenida por una organización minoritaria.
Sin embargo, no estableció expresamente la representación que se logre cuando el partido pequeño llegue al poder aliado con un partido grande.
Tras el dictamen de la alta corte, fue la Junta Central Electoral (JCE) la que posteriormente adoptó una interpretación más amplia.
Al examinar en 2023 la situación jurídica del Partido Demócrata Institucional (PDI), la JCE entendió que cuando varios partidos concurren integrados en una alianza y de esa unión resulta electo un candidato, esa representación puede beneficiar a todas las organizaciones integrantes del pacto.
La consecuencia significa que para un micropartido, una con una organización mayoritaria puede convertirse no solamente en una estrategia electoral, sino también en un mecanismo para preservar su y acceder a financiamiento público.
Para este 2026, la JCE presupuestó para financiar los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
El reparto quedó estructurado en tres segmentos: Los partidos mayoritarios: PRM, Fuerza del Pueblo y PLD reciben el 80 %, equivalente a 432 millones de pesos para cada uno.
* Los partidos intermedios: PRD, PRSC, Dominicanos por el Cambio, País Posible y BIS reciben 38.88 millones de pesos cada una.
* Los partidos minoritarios: 33 organizaciones pequeñas se distribuyen en partes iguales 129.6 millones de pesos.
En este último grupo, las diferencias de en cantidad de votos no modifican el monto que reciben.
Así, el Movimiento Político Águila, que obtuvo , recibe la misma asignación de casi que el Movimiento Independiente del Municipio de Consuelo, que figura con.
También reciben una suma similar el Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP), el Movimiento Comunitario Político Nosotros Pa´ Cuando, el Movimiento Humanista Independiente y el Movimiento Cívico Cabrereño.
La controversia volvió este año al Tribunal Constitucional.
En una sentencia del , el TC rechazó el recurso interpuesto por Justicia Social (PJS), PUN y Opción Democrática (OD) contra una decisión del TSE.
La decisión obliga a distinguir dos cuestiones que suelen confundirse: una es conservar la personería jurídica y otra es determinar cuánto dinero público corresponde a una organización que mantiene ese reconocimiento.
El criterio recogido en la sentencia vincula el acceso al con la condición de.
Por eso, el verdadero centro de la disputa sobre los no está únicamente en los votos que obtuvieron, sino en una cuestión previa para determinar si legalmente conservan o no su personería jurídica.
Mientras esa condición permanezca vigente, siguen siendo organizaciones reconocidas por la JCE y, por tanto, reciben dinero del Estado.
Precisamente ese es el punto que , plataforma encabezada por , llevó ante el TSE al solicitar la de 33 partidos y movimientos minoritarios.
Los demandantes también intentaron detener provisionalmente el desembolso de los recursos.
Argumentaron que, si finalmente los tribunales ordenan de esas organizaciones, el Estado difícilmente podría recuperar el dinero entregado durante el proceso.
La defendió el reparto alegando que estaba aplicando las reglas de vigentes y una decisión del TSE que ordenaba financiar a las.
Incluso, los abogados de la Junta sostuvieron durante la que la solicitud para suspender los pagos "carecía de objeto" porque el para ya había sido distribuido a los partidos.
El rechazó ese argumento porque la Junta no presentó certificaciones o documentos que demostraran que la totalidad de los recursos había sido efectivamente transferida.
Sin embargo, tampoco aceptó congelar los fondos.
Los magistrados entendieron que la petición no satisfacía las condiciones exigidas por el Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales para adoptar una medida cautelar.
El resultado de todas las decisiones judiciales provoca que todas las organizaciones que obtuvieron cientos de votos, y hasta la que figuran con cero, continúan recibiendo recursos públicos porque conservan, hasta ahora, su.
Las alianzas electorales y las sucesivas decisiones de la JCE, el TSE y el Tribunal Constitucional crearon un esquema en el que la votación obtenida no constituye por sí sola la respuesta definitiva sobre la supervivencia de una organización.
La próxima fecha clave será el 25 de agosto ya que ese día el Tribunal Superior Electoral deberá decidir sobre la demanda que busca anular a los 33 partidos minoritarios.
La decisión permitirá despejar la cuestión que está en el fondo de la controversia: cuáles de esos partidos y s conservan legítimamente su personería jurídica.
Ese dictamen del TSE también establecerá su permanencia futura dentro del sistema de financiamiento público.
Hasta entonces, continúa una paradoja en la que un movimiento con apenas cientos de votos puede recibir prácticamente lo mismo que otro que aparece con cero, porque ambos siguen jurídicamente reconocidos..



