Justicia

Tribunal rechaza recusación contra jueza Ailin Ventura y ordena iniciar lectura de acusación en caso Calamar

Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional continúa juicio; Ministerio Público lee acusación este miércoles

Este miércoles 16 de septiembre, el Ministerio Público inició la lectura formal de la acusación contra los encartados del caso Calamar, luego de que el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazara la recusación presentada contra la jueza Ailin Ventura. La decisión permite que continúe el proceso judicial.

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las magistradas Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, rechazó la recusación interpuesta por el Ministerio Público contra la jueza Ailin Ventura. Esta había presentado un voto disidente en el que consideraba que debió declararse la extinción de la acción penal en el caso Calamar. Tras el rechazo, el tribunal ordenó a los fiscales de la Dirección de Persecución del Ministerio Público y de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa (PEPCA) iniciar la lectura formal de la acusación, lo que se realiza en estos momentos.

Previamente, Mirna Ortiz, titular de la PEPCA, había presentado la recusación contra la jueza al considerar que esta ya emitió criterio sobre el fondo del proceso en torno a la extinción de la acción penal que el tribunal tiene pendiente de juzgar. La recusación se sustentó en el artículo 80 del Código Procesal Penal, que contempla como causal 'cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecte la imparcialidad o independencia' del juzgador.

Según explicó la procuradora de corte, el pasado lunes el tribunal resolvió distintos recursos vinculados a una solicitud de extinción de la acción penal. Aunque por mayoría los jueces rechazaron dicha solicitud, la magistrada Ventura hizo constar su desacuerdo, señalando que, a su juicio, el proceso se encontraba extinguido por vencimiento del plazo máximo de duración establecido en la normativa procesal.

Para el Ministerio Público, esa posición expresada antes de conocer el fondo del caso coloca a la jueza en una situación de prejuzgamiento que le impediría valorar con objetividad las pruebas y los argumentos de las partes, así como examinar la responsabilidad penal de los imputados con la imparcialidad exigida. 'Si a su juicio el proceso ya se encuentra extinguido, ese razonamiento conduce a que cualquier ejercicio de valoración probatoria carezca de objeto, pues para ella el proceso ya está muerto', argumentó la representante del Ministerio Público durante la audiencia. Ortiz añadió que la magistrada también hizo referencia a otros procesos de naturaleza similar en los que el tribunal en pleno había declarado previamente la extinción, lo cual a su entender refuerza la existencia de un criterio ya formado sobre la materia en discusión.

Con base en estos señalamientos, Mirna solicitó formalmente que la magistrada Ailín Ventura sea apartada del conocimiento del proceso, al considerar que el caso debe ser juzgado por jueces que lo aborden sin prejuicios previos. Se recuerda que el tribunal rechazó las solicitudes de extinción de la acción penal presentadas por las defensas de varios imputados en el Caso Calamar, al estimar que el plazo máximo de duración del proceso aún no se ha cumplido. La decisión, adoptada por mayoría, contó con el voto disidente de la presidenta del tribunal, Ailin Ventura, mientras que las magistradas conformaron la mayoría que negó los pedidos formulados por las defensas de Áng

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