
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.– La jueza de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Vanessa Acosta Peralta, planteó este martes ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) la necesidad de garantizar el acceso efectivo a la justicia de los ciudadanos que no cuentan con recursos económicos para contratar un abogado en procesos civiles.
Durante su entrevista de evaluación para permanecer en la SCJ, Acosta Peralta advirtió sobre vacíos del Código de Procedimiento Civil que, según señaló, pueden colocar en situación de vulnerabilidad a personas que enfrentan demandas, embargos u otros procesos judiciales y no tienen capacidad económica para asumir su defensa.
Al responder una pregunta del consejero y diputado Tobías Crespo sobre la aplicación del principio de igualdad sustantiva cuando una de las partes se encuentra en una situación de vulnerabilidad frente a la otra, la magistrada señaló que el sistema debe procurar que los derechos fundamentales sean efectivos y no permanezcan únicamente como garantías formales.
“¿Cuántas personas no pueden buscar un abogado en materia civil?”, cuestionó Acosta Peralta, al referirse a los ciudadanos que reciben una demanda y no disponen de recursos para contratar representación legal.
Explicó que, a diferencia de la materia penal, en los procesos civiles el juez no cuenta con el mismo mecanismo para declarar la indefensión de una persona y procurar un abogado de oficio, debido a que en esta jurisdicción se conocen intereses privados.
La magistrada puso como ejemplo que una persona puede recibir una demanda y no contar con recursos para contratar un abogado, lo que podría dificultar el ejercicio de su defensa frente a medidas como un embargo sobre su vivienda o sus cuentas bancarias.
“Entonces, ahí yo llamaría la reflexión a todos los actores del proceso, a los poderes que estamos aquí”, manifestó.
Acosta Peralta consideró que las normas procesales deben adaptarse a las circunstancias actuales y planteó que podrían incorporarse elementos de otros sistemas que permitan fortalecer la protección de las partes.
“Lo ideal sería un poquito el papel activo o copiar lo positivo de otras normas”, sostuvo.
En ese sentido, señaló que el juez civil debe actuar dentro del principio de legalidad, pero consideró necesario buscar mecanismos que permitan garantizar la igualdad de las partes ante la ley.
“Entonces, lo ideal sería, como usted señala, diputado, un sistema que pueda proteger a ese ciudadano y ciudadana, sin importar el proceso, y garantizar la igualdad de las partes ante la ley”, afirmó.
Defensa y debido proceso
La jueza también destacó durante la evaluación una sentencia de 2022 de la Primera Sala de la SCJ, en la que, según explicó, se aplicó el artículo 69 de la Constitución para proteger el derecho de defensa de una de las partes en un proceso civil.
Explicó que, aunque corresponde al juez determinar si admite una medida de instrucción, esa facultad no debe ejercerse de manera que afecte el derecho de defensa.
El caso estaba relacionado con una demanda por daños y perjuicios derivada de un accidente de tránsito, en la que la parte demandante solicitó presentar testigos. Acosta Peralta explicó que la solicitud de esa medida de instrucción fue rechazada en las instancias anteriores y que posteriormente la Primera Sala consideró que esa actuación había afectado el derecho de defensa establecido en el artículo 69 de la Constitución.
Para la magistrada, las partes deben tener la posibilidad efectiva de presentar los medios de prueba necesarios para sustentar sus argumentos.
También expuso un voto disidente relacionado con un embargo conservatorio sobre la nómina de un colegio católico, en el que consideró que mantener la medida después de que el crédito había sido rechazado podía convertirla en una actuación arbitraria.
Acosta Peralta sostuvo que los jueces están llamados a evitar situaciones arbitrarias y aplicar criterios de razonabilidad al momento de adoptar sus decisiones.
Trayectoria judicial
Durante su presentación ante el CNM, la magistrada resaltó los 27 años que lleva en el Poder Judicial, donde ingresó en 1999 como abogada ayudante de un juzgado de instrucción.
Posteriormente se desempeñó como jueza suplente de un juzgado de paz y, tras ingresar mediante concurso a la Escuela Nacional de la Judicatura, ocupó funciones en distintas jurisdicciones, entre ellas penal, laboral y contencioso-administrativa.
Desde abril de 2019 integra la Suprema Corte de Justicia. Inicialmente formó parte de la Segunda Sala, correspondiente a la materia penal, donde fue ponente de 739 resoluciones y 596 sentencias.
Posteriormente pasó a la Primera Sala, en materia civil y comercial, donde ha sido ponente de 1,068 resoluciones y 2,930 sentencias, para un total de 3,998 decisiones, según los datos presentados durante la evaluación.
Acosta Peralta indicó que durante estos siete años en la SCJ ha participado en la elaboración de 5,334 decisiones motivadas, con una tasa promedio de rendimiento cercana al 97.5 %.
La magistrada sostuvo que su desempeño judicial ha estado basado en la aplicación de la Constitución, el respeto al debido proceso, la independencia de criterio y la responsabilidad de ofrecer respuestas fundamentadas a quienes acuden a los tribunales.
La evaluación de Acosta Peralta forma parte del proceso mediante el cual el CNM determinará cuáles de los siete jueces evaluados serán ratificados para un nuevo período y cuáles posiciones deberán ser ocupadas por nuevos integrantes.
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